NOVEDADES EL BARRIO

05-08-2009 Entrevista Carlos Quirico

  

       "El Barrio" le realizó una entrevista al Ing. Carlos Quirico con motivo del Acuerdo Fiscal.




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"El Barrio" es un periódico de emisión mensual, con una tirada de 22.500 ejemplares, y se distribuye en  Villa Urquiza, Coghlan, Saavedra, Villa Pueyrredón y Parque Chas.

Ha sido declarado de interés cultural por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

 

 

La compra de inmuebles es una opción ideal para adherir al Acuerdo Fiscal.

 

 

Ladrillos, la  mejor inversión


 


El 31 de agosto  vence el Acuerdo Fiscal, mediante el cual la AFIP pretende blanquear la tenencia de moneda nacional o extranjera en el país y en el exterior.

Esta modalidad consiste en transferir o depositar el dinero en entidades financieras, aunque este requisito no es obligatorio si los fondos se destinan a inversiones inmobiliarias.

 

Cuando leemos o decimos la frase que titula esta nota pensamos inmediatamente en la ventaja de materializar nuestros ahorros en algo sólido y confiable como es la construcción, que sirve tanto al inversor como al futuro propietario.

 

Desde esta afirmación “El Barrio” se entrevistó con el Ing. Carlos Quirico, un vecino dedicado a la construcción en la zona de Villa Urquiza, con años de trayectoria. Fuimos en busca de su opinión en relación a las facilidades que dispuso La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante la Ley 26.476.

 


-¿Cómo influye en la construcción el Acuerdo Fiscal?

 

-Creo que “invertir en ladrillos o hacer nuestra casa” es algo que está en nuestra cultura. El Acuerdo Fiscal llega en un momento delicado de la economía a nivel mundial, dando a la gente que tiene algún ahorro la posibilidad  de  invertirlos en actividades generadoras de empleo como es la construcción y obtener, a cambio de esto, el blanqueo de  su dinero, por medio de una inversión segura y confiable a futuro.

 


-¿Cuáles son las ventajas de invertir en ladrillos?

 

-Las ventajas se pueden observar cuando ponemos en paralelo los porcentuales tributarios según el destino del capital. Quienes declaren un capital en el extranjero pero no lo ingresen al país deben pagar una tasa impositiva del ocho por ciento y quienes repatríen fondos del extranjero o declaran fondos en el país pero no le asignen un destino específico deben pagar el seis por ciento. En cambio, adquiriendo una propiedad a estrenar o en construcción a través del Acuerdo Fiscal, la tasa se reduce al uno por ciento y no es necesaria la bancarización. Por ejemplo, tomando una suma de 200.000 pesos, el contribuyente que utilice esos recursos para construir o adquirir propiedades nuevas deberá tributar $2.000 pesos y de esa manera habrá blanqueado su dinero ante la AFIP. En cambio si el capital se declara en el país, ingresándolo a un banco, el monto a tributar sería de $12.000 pesos.

Estas condiciones impositivas buscan claramente no sólo la declaración del capital sino también que el mismo sea invertido en actividades que generen puestos de trabajo como es la construcción, madre de industrias.

Igualmente, siempre es recomendable ante situaciones de este tipo consultar con su contador de confianza.

 


-¿Esto incluye todo edificio, tanto en obra como en condiciones de escriturar?

 

-Sí, tanto los edificios nuevos a escriturar, como los que se encuentran en etapa de obra. En nuestro caso todos nuestros edificios son aptos para Acuerdo Fiscal y Financiables.

 


-¿En concreto, y para terminar, cree que quién opte por el Acuerdo Fiscal lo utilizará en la construcción?

 

-Muy probablemente, más allá de que es la opción más conveniente en términos de porcentuales tributarios, la gente sigue pensando que colocar su dinero ahorrado en los bancos es muy riesgoso.